Carta Mediterranea

Rocio Montes “Los derechos no tienen fronteras”

Nacida en Cabra (Córdoba), Licenciada en Derecho y Secretario Judicial en un Juzgado de Familia con Registro Civil en la ciudad de Córdoba.

“La descolonización del Sahara una deuda de nuestra memoria histórica”

Los derechos humanos nacieron, como consta en el enunciado de la Declaración de las Naciones Unidas, con la pretensión de ser universales, sin fronteras. La Declaración surgió con la vocación de ser “un ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan el respeto a esos derechos y libertades y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación efectivos”.

 Estas palabras cobran especial importancia en la actualidad que asistimos, entre otros fenómenos globales, al crecimiento de los movimientos migratorios en todo el mundo. Este fenómeno que comenzó tras la Segunda Guerra Mundial, debido a los procesos de descolonización a que la misma dio lugar, ha llegado al punto de que, durante las últimas décadas, la movilidad de las colectividades humanas se ha disparado.

Aquí comienza el problema: el derecho a circular libremente colisiona con la existencia de las fronteras, ¿cómo se puede compatibilizar el derecho a emigrar y el de libertad de movimiento, con la defensa de los intereses nacionales? ¿Cómo acoger de forma ordenada a los inmigrantes sin caer en discriminaciones injustas? ¿Es justo dejar en el límite de la comunidad a seres humanos sabiendo que, en muchos casos, no tienen una vuelta atrás que no implique la desesperación, la miseria o la muerte?

Estos problemas se agudizan especialmente en el caso de España, frontera Sur de la Unión Europea, donde se ha planteado el problema de forma bastante repentina, pues un país, en esencia, emigrante ha pasado a ser uno que recibe oleadas ingentes de inmigrantes, en un momento en el que no cuenta con recursos para afrontar debidamente un control adecuado de los límites de su territorio.

Pero hay que tener en cuenta, que la mayoría de estas personas no son inmigrantes “strictu sensu”, se trata de personas que se han visto obligadas a abandonar sus hogares, sus amigos y su medio de vida. Algunos han respondido instintivamente a una amenaza inmediata y terrible. Otros han tomado la dolorosa decisión de abandonar su país tras un largo período de incertidumbre, cuando todas las demás opciones han fallado. Todos han visto sus vidas trastocadas por fuerzas que escapaban a su control, y todos correrían un grave peligro de sufrir violaciones de derechos humanos si volvieran a su hogar.

Es tarea del derecho internacional el solventar este problema ofreciendo soluciones, que no sean, desde luego, las contenidas en el Convenio de Schengen,  ni en el Programa de La Haya que no hace sino incidir en las directrices del anterior, sino que definan una política adecuada de fronteras que aborde este problema sabiendo armonizar los elementales requisitos de seguridad con un respeto a los derechos humanos, no sólo en el país de acogida sino también en el país de origen.

 

 

 

 

 

 

 

 

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Escrito por admin en dic 14 2008 Archivado bajo Mesas temáticas. Puedes seguir las respuestas de esta entrada por el RSS 2.0. Puedes dejar una respuesta o un trackback a esta entrada

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